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Ley de Sucesiones: cuánto patrimonio debe quedar obligatoriamente para los hijos y cónyuges

Cuando una persona fallece,...

Cuando una persona fallece, su patrimonio se transmite a los herederos a través de una sucesión. Sin embargo, la ley establece límites claros sobre cuánto puede disponer libremente el testador y qué parte debe quedar obligatoriamente para determinados familiares. Esta porción protegida se conoce como “porción legítima” y garantiza derechos hereditarios para hijos, padres y cónyuges.

Qué es la partición de la herencia

La partición es el acto mediante el cual se dividen los bienes que integran la herencia entre los herederos.

En muchos casos, este proceso puede resolverse mediante un acuerdo entre todas las personas que tienen derecho a heredar. Cuando existe consenso, los herederos pueden organizar la distribución de los bienes sin intervención judicial.

Sin embargo, hay situaciones en las que la ley exige que sea un juez quien realice la partición.

Cuándo interviene un juez en la división de bienes

La participación judicial es obligatoria cuando se presentan determinadas circunstancias que impiden un acuerdo entre los herederos o que requieren protección legal especial.

Entre los casos más frecuentes se encuentran:

Cuando hay herederos incapaces o legalmente representados. Cuando alguno de los herederos está ausente. Cuando no existe acuerdo entre las partes sobre cómo repartir los bienes.

En estos casos, el juez supervisa y define la forma en que se distribuirá el patrimonio del fallecido.

Qué es una sucesión testamentaria

Una sucesión testamentaria ocurre cuando una persona deja un testamento en el que establece cómo desea que se repartan sus bienes después de su muerte.

A través del testamento, el titular del patrimonio puede decidir quién recibirá determinados bienes o porcentajes de su herencia. No obstante, esta libertad no es absoluta: la ley protege a ciertos herederos que no pueden ser excluidos.

Qué es la porción legítima de la herencia

La porción legítima es la parte del patrimonio que la ley reserva obligatoriamente para los llamados “herederos forzosos”, entre ellos:

Los descendientes (hijos y nietos) Los ascendientes (padres o abuelos) El cónyuge

Esto significa que el testador no puede privarlos de esa parte ni mediante testamento ni mediante donaciones realizadas en vida.

Cuánto patrimonio corresponde obligatoriamente a cada heredero

La legislación fija porcentajes mínimos del patrimonio que deben quedar protegidos para los herederos legítimos.

Descendientes (hijos): tienen derecho a dos tercios (2/3) de la herencia. Solo el tercio restante puede ser distribuido libremente por testamento. Ascendientes (padres): su porción legítima equivale a la mitad (1/2) de la herencia. Cónyuge: también tiene derecho a la mitad (1/2) del patrimonio.

Estos límites buscan asegurar que los familiares directos no queden desprotegidos tras el fallecimiento de una persona.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/sociedad/ley-de-sucesiones-cuanto-patrimonio-debe-quedar-obligatoriamente-para-los-hijos-y-conyuges-nid06052026/

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