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Alberto Fernández, más cerca de ir a juicio oral por la denuncia de violencia de género de Fabiola Yáñez

El expresidente Alberto Fernández quedó más cerca de enfrentar un juicio oral y público por las acusaciones de su exmujer Fabiola Yáñez por violencia de género, luego de que el juez federal ...

El expresidente Alberto Fernández quedó más cerca de enfrentar un juicio oral y público por las acusaciones de su exmujer Fabiola Yáñez por violencia de género, luego de que el juez federal Daniel Rafecas rechazara hoy su pedido para anular la causa judicial.

La decisión de Rafecas deja el caso en condiciones de hacer los últimos trámites para ser elevado a juicio oral y público y que se sortee tribunal oral que se hará cargo de ese proceso.

Yáñez, que se separó de su esposo, regresó a fines del año pasado a la Argentina desde Madrid, donde vivía con Francisco, el hijo de ambos, y acordó un régimen de visitas para que el padre y el hijo pudieran mantener su vínculo.

Rafecas avaló así la instrucción previa del caso, que había realizado el juez Julián Ercolini, luego apartado del caso, y convalidó las pruebas recolectadas hasta el momento.

La abogada de Fernández, Silvina Carreira, apuntaba a derrumbar el caso al sostener que las decisiones de Ercolini, apartado por enemistad manifiesta con su cliente, debían anularse y por ende debía caer toda la causa por considerar afectada la “garantía de imparcialidad judicial”.

Sostuvieron que la causa era producto del “fruto del árbol envenenado” y señalaron que la aparición de las fotos en el teléfono de la exsecretaria del expresidente, María Cantero, era una “expedición de pesca” disfrazada de medida probatoria.

El juez Rafecas desestimó la pretensión de la defensa a sostener que la nulidad es una sanción procesal excepcional y que el apartamiento de Ercolini pretendía “alejar cualquier temor de parcialidad”, pero dejó expresamente a salvo la validez de los actos ya cumplidos.

Subrayó la obligación internacional del Estado argentino de evitar la revictimización en casos de violencia de género, lo cual implicaría retrotraer el proceso a foja cero y obligar a la víctima a declarar nuevamente tras más de un año y medio de trámite.

El juez sostuvo que “no se observa, de la lectura de las actuaciones, que el imputado se haya visto impedido de ejercer plenamente su derecho de defensa, tanto material como técnica”.

“No se advierten motivos que hagan merecer la producción de prueba solicitada, como así tampoco que los resultados de la misma fueran a modificar el temperamento que aquí se adopta”, dijo.

Con esta decisión, la investigación principal recobra impulso y valida las pruebas digitales y testimoniales recabadas.

El 6 de octubre de 2025, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el procesamiento del expresidente en el caso de violencia de género y apartó a Ercolini del caso.

El tribunal penal decidió por unanimidad rechazar los argumentos de la defensa del acusado contra la primera decisión judicial de procesar a Fernández, acusado de lesiones leves y agravadas por violencia de género y de amenazas coactivas contra Yáñez, en concurso real.

El fiscal federal Ramiro González solicitó el pasado 14 de agosto que Fernández fuera juzgado en un juicio oral y público.

El expresidente había solicitado que fueran apartados de la causa tanto el juez Ercoloni como el fiscal Ramiro González, quien el 14 de agosto pidió juicio oral, al argumentar incompetencia y falta de objetividad de ambos.

Yáñez, de 43 años, denunció en 2024 al expresidente, de 65, después de que la justicia, en una investigación a Fernández por supuesto tráfico de influencias, hallara conversaciones e imágenes en el teléfono de su secretaria que podrían indicar “lesiones leves en contexto de violencia de género” contra la exprimera dama.

El 15 de abril del año pasado la Cámara Federal porteña había confirmado el procesamiento de Alberto Fernández.

La decisión la tomó la Sala II del tribunal. Se pronunciaron por confirmar el procesamiento Martín Irurzun y Eduardo Farah; en disidencia votó Roberto Boico.

“Hay fuertes motivos para sostener que los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género ciertamente fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima”, dijo Irurzun en su voto.

“Es presumible que hubo una unidad de designio entre las diferentes lesiones que se tuvieron por acreditadas y las diferentes formas de violencia de género que de manera continuada entre 2016 y 2024, el imputado ejerció sobre la víctima, ocasionándole graves daños en su salud que fueron suficientemente probados”, agregó.

Farah, que adhirió al voto de Irurzun, destacó que no hubo una imputación “vaga”, como remarcó la defensa de Fernández, ni “deficiencias” en el razonamiento del juez Ercolini, que fue recusado junto con el fiscal Ramiro González por la defensa. “La alegación de la defensa de que las explicaciones brindadas y los cuestionamientos efectuados por Fernández en su indagatoria no recibieron ‘ninguna atención por parte del juez interviniente’ no se compadece con la realidad”, afirmó.

Por su parte, el juez Boico, a contramano de sus colegas, propuso dictar la falta de mérito de Fernández. Destacó numerosos déficits en la etapa de instrucción y sostuvo que la valoración de la prueba “ha evidenciado un sesgo que omite elementos que la refutan, debilitando así la solidez de la acusación”.

La Cámara decidió en línea con el fiscal de esa instancia, José Luis Agüero Iturbe, que había pedido que se confirmara la sentencia contra el expresidente.

Su colega de primera instancia, el fiscal Ramiro González, formuló su acusación en noviembre luego de haber considerado, entre otras cuestiones, que antes del 12 de agosto de 2021 el exmandatario le provocó a Yáñez un moretón en el brazo producto de un “agarrón” o “zamarreo” dentro del chalet presidencial de la Quinta de Olivos; y que entre la noche del 21 de junio y la madrugada del 22 de junio de 2021 la golpeó en el rostro dejándole una lesión en su ojo derecho.

Yáñez decidió instar la acción penal contra Fernández en agosto del año pasado, luego de que se hicieran públicas conversaciones en las que le contaba a la exsecretaria de Fernández, María Cantero, los maltratos que habría sufrido de su parte.

“…Hoy me agarró del cuello y, sabiendo que puedo estar embarazada, me pegó una patada en la panza", le confió a Cantero. “Me agarró del cuello, me sacudió los brazos y tengo los moretones”, le dijo más adelante, además de enviarle las fotos que la muestran con hematomas en el ojo y en la axila.

En su voto, el juez Irurzun sostuvo que la “notoria desigualdad de poder” entre ambos influyó en que Yáñez optara inicialmente por no instar la acción penal contra Fernández.

“Las referencias contenidas en las comunicaciones muestran que su destinataria (siendo quien era, se insiste) no negó el panorama violento que se le estaba describiendo. Tampoco lo desestimó; lo vinculó, en sus palabras, a aspectos del carácter y de las vivencias que en ese momento estaba teniendo el Presidente. Los mensajes (las capturas incluidas en ellos) también indican algo relevante: él mismo , cuando su pareja le habló de los golpes, no le desmintió nada tampoco”, dijo el juez.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/politica/alberto-fernandez-mas-cerca-de-ir-a-juicio-oral-por-la-denuncia-de-violencia-de-genero-de-fabiola-nid21042026/

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